Obligatorio · RD 3/2023

Plan Sanitario del Agua

La evaluación y gestión de riesgos del abastecimiento, desde la captación hasta el grifo, que exige el Real Decreto 3/2023 y que aprueba la autoridad sanitaria.

Quién está obligado
El ayuntamiento si gestiona el agua; si está concesionada, debe asegurar que el gestor lo tenga
Norma
Real Decreto 3/2023 de aguas de consumo
Aprobación
Autoridad sanitaria de la comunidad autónoma
Modalidad
Servicio con ingeniería sanitaria que firma

El plazo depende del calendario del RD 3/2023 para cada zona de abastecimiento.

Quién hace qué

Lo hace Oxigen8

  • Carga las analíticas de SINAC y el inventario de infraestructuras de la EIEL
  • Prepara la evaluación de riesgos de cada parte del sistema
  • Propone medidas de control y mejora
  • Redacta el plan para la autoridad sanitaria
  • Coordina la visita y la firma de la ingeniería sanitaria

Lo aportan el ayuntamiento y el gestor del agua

  • Acceso a los datos y a las instalaciones para la visita técnica
  • El protocolo de autocontrol vigente
  • La validación de las medidas e inversiones

Cómo funciona

  1. 01

    Datos de SINAC y EIEL

    Analíticas e infraestructuras cargadas antes de empezar.

  2. 02

    Inspección técnica

    Visita de la ingeniería a captaciones, depósitos y red.

  3. 03

    Riesgos y medidas

    Evaluación por tramo y plan de medidas priorizado.

  4. 04

    Firma y presentación

    Documento firmado para la autoridad sanitaria.

Qué recibes

  • El Plan Sanitario del Agua en Word editable y en PDF, firmado
  • Evaluación de riesgos de cada parte del sistema
  • Plan de medidas e inversiones priorizado
  • El protocolo de autocontrol integrado como anexo
  • Indicadores de seguimiento en la plataforma

Datos que usamos

  • SINAC
  • EIEL de la Diputación
  • Protocolo de autocontrol
  • Visita técnica

Revisa el punto de partida de tu abastecimiento

Te enseñamos lo que ya dicen SINAC y la EIEL de tu sistema.

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